normativa itv
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franhl19
Cordobess@
argentino.070
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normativa itv
Jue Nov 22, 2012 8:37 pm
¿Qué cambios se permiten y que cambios no en la ITV?
Después de que el Ministerio de Industria y Turismo hiciera pública una nueva versión del Manual de Reformas que explica la nueva normativa de ITV, ésta es mucho más estricta. A pesar de lo difícil que es pasar la ITV “limpio”, el Manual asegura que no es obligatorio homologar la mayoría de los accesorios que se instalan en las motocicletas, algo que desde la reforma que se llevó a cabo era obligado.
La sustitución o incorporación de elementos tales como: espejos exteriores, soporte exterior de rueda de repuesto, cabrestante, alerones, estribos, peldaños laterales, taloneras, sustitución o modificación de los parachoques, soportes de rótulos o carteles publicitarios en el exterior del vehículo, pasos de rueda ensanchados, soportes para la instalación de sistemas de alumbrado específico deben estar homologados.
Se incluirán en esta reforma la incorporación de elementos fijos que sobresalgan de la anchura máxima del vehículo. No tendrá consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables cuando se utilicen los anclajes previstos por el fabricante: maletas, baúles, alforjas de cuero, bolsas sobre depósito, porta equipajes, etc.
Además, no tendrá consideración de reforma la instalación de altavoces, paramanos, puños calefactables, soportes GPS, pequeños interruptores/dispositivos para el sistema de alarma o similar, topes anticaída y protectores de motor, quillas, deflectores de aire. Los elementos decorativos y molduras que no sobresalgan del ancho del vehículo tampoco serán considerados reformas.
Para sustitución de silenciosos de escape se admiten dispositivos homologados para el vehículo reformado conforme a la directiva 97/24/CE Capitulo 9, en vehículos matriculados con anterioridad a 01/01/2009 u homologados con la Directiva 2005/30/CE o posteriores para el resto de vehículos sin necesidad de realización de ensayos. En vehículos con homologación por 92/61/CEE ó 2002/24/CE, será obligatorio la incorporación de un silencioso homologado por 2005/30/CE o 97/24/CE Capitulo 9. No se considerará reforma la sustitución de silenciosos por otros que cumplan la Directiva 97/24/CE Capitulo 9 o sustitución de catalizadores por otros que cumplan la Directiva 2005/30/CE.
No se considera reforma la sustitución de manetas y/o pedales que mantengan la configuración, emplazamiento y dimensiones originales del vehículo. Además, la sustitución de una palanca manual de cambio por otra de similares características tampoco se considera reforma.
No se considerará reforma la instalación de neumáticos que cumplan con los siguientes criterios de equivalencia: índice de capacidad de carga igual o superior, código de categoría de velocidad igual o superior, igual diámetro exterior con una tolerancia de + 3 %, el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.
Después de que el Ministerio de Industria y Turismo hiciera pública una nueva versión del Manual de Reformas que explica la nueva normativa de ITV, ésta es mucho más estricta. A pesar de lo difícil que es pasar la ITV “limpio”, el Manual asegura que no es obligatorio homologar la mayoría de los accesorios que se instalan en las motocicletas, algo que desde la reforma que se llevó a cabo era obligado.
La sustitución o incorporación de elementos tales como: espejos exteriores, soporte exterior de rueda de repuesto, cabrestante, alerones, estribos, peldaños laterales, taloneras, sustitución o modificación de los parachoques, soportes de rótulos o carteles publicitarios en el exterior del vehículo, pasos de rueda ensanchados, soportes para la instalación de sistemas de alumbrado específico deben estar homologados.
Se incluirán en esta reforma la incorporación de elementos fijos que sobresalgan de la anchura máxima del vehículo. No tendrá consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables cuando se utilicen los anclajes previstos por el fabricante: maletas, baúles, alforjas de cuero, bolsas sobre depósito, porta equipajes, etc.
Además, no tendrá consideración de reforma la instalación de altavoces, paramanos, puños calefactables, soportes GPS, pequeños interruptores/dispositivos para el sistema de alarma o similar, topes anticaída y protectores de motor, quillas, deflectores de aire. Los elementos decorativos y molduras que no sobresalgan del ancho del vehículo tampoco serán considerados reformas.
Para sustitución de silenciosos de escape se admiten dispositivos homologados para el vehículo reformado conforme a la directiva 97/24/CE Capitulo 9, en vehículos matriculados con anterioridad a 01/01/2009 u homologados con la Directiva 2005/30/CE o posteriores para el resto de vehículos sin necesidad de realización de ensayos. En vehículos con homologación por 92/61/CEE ó 2002/24/CE, será obligatorio la incorporación de un silencioso homologado por 2005/30/CE o 97/24/CE Capitulo 9. No se considerará reforma la sustitución de silenciosos por otros que cumplan la Directiva 97/24/CE Capitulo 9 o sustitución de catalizadores por otros que cumplan la Directiva 2005/30/CE.
No se considera reforma la sustitución de manetas y/o pedales que mantengan la configuración, emplazamiento y dimensiones originales del vehículo. Además, la sustitución de una palanca manual de cambio por otra de similares características tampoco se considera reforma.
No se considerará reforma la instalación de neumáticos que cumplan con los siguientes criterios de equivalencia: índice de capacidad de carga igual o superior, código de categoría de velocidad igual o superior, igual diámetro exterior con una tolerancia de + 3 %, el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.
Cinco de cada diez personas son la mitad
Re: normativa itv
Jue Nov 22, 2012 8:55 pm
Re: normativa itv
Jue Nov 22, 2012 8:56 pm
ya,yo cuando tenga que pasarla,voy a tener que empezar una semana antes a desarmar
Cinco de cada diez personas son la mitad
- franhl19Aprendiendo
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Re: normativa itv
Vie Nov 23, 2012 10:55 am
Muy buen post si señor!
- RKV125ZGZKeewayero Experto
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Re: normativa itv
Vie Nov 23, 2012 12:47 pm
Osea que el baúl se debe de quitar y el soporte también si no he entendido mal no??
Re: normativa itv
Vie Nov 23, 2012 1:39 pm
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- mustoneV.I.P.
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Re: normativa itv
Vie Nov 23, 2012 1:49 pm
Yo entiendo que no hace falta desmontar el baúl, y menos el soporte, si es un baúl con soporte homologado.
- RKV125ZGZKeewayero Experto
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Re: normativa itv
Vie Nov 23, 2012 5:37 pm
Puf eso depende de con quien te toque y lo toca pelotas que estén. Mi experiencia con el coche fue la siguiente Opel Corsa con aleron irmscher(el de la casa) puesto en el mismo concesionario oficial, primera ITV desfaborable palabras textuales del "ingeniero" de la ITV "o lo arrancas y luego lo pones o tienes que meterlo en la ficha" lo que me supuso ir al concesionario que pidieran un papel de homologación al fabricante y después uno como que ellos certificaban que había sido instalado allí. La broma 62€ en total creo que fueron. Y no soy al único penas que le han tirado por eso la verdad, están muy cabritos últimamente hay que recaudar por todos lados.
- arturozgzRutero 100%
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Re: normativa itv
Vie Nov 23, 2012 6:07 pm
pufff a mi por poco me la tumban en la anterior moto por no llevar catadrióptico trasero rojo donde la matrícula ( de una bajada de bordillo lo debí perder y yo ni cuenta)...
Prefiero disfrutar el camino largo, que no apreciar el corto, y llegar a mi destino habiendo visto mundo.
Re: normativa itv
Vie Nov 23, 2012 8:00 pm
bueno,tocarte las pelotas te las tocan por un calco en la luna trasera,cada vez peor estan
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